5
No almacenes las cosechas que crezcan por sí solas ni recojas las uvas de tus vides no podadas. La tierra deberá tener un año completo para descansar.
6
Se te permite comer de todo lo que produzca la tierra por sí sola durante su descanso. Esto es aplicable a ti, a tus sirvientes, a tus obreros contratados y a los residentes temporales que viven contigo.
7
A tu ganado y a los animales salvajes en tu tierra también se les permitirá comer de lo que produzca la tierra.
8
El año de jubileo
»Además, contarás siete años de descanso, siete conjuntos de siete años, que suman cuarenta y nueve años en total.
9
Entonces, en el Día del Perdón del año cincuenta,
haz un fuerte y prolongado toque del cuerno de carnero por todo el país.
10
Aparta este año como un año santo, un tiempo para proclamar libertad por toda la tierra para todos los que viven allí. Será un año de jubileo para ti, cuando puedes volver a la tierra que pertenecía a tus antepasados y regresar a tu propio clan.
11
Este año cincuenta será de jubileo para ti. Durante ese año no deberás sembrar tus campos ni almacenar ninguno de los cultivos que crezcan por sí solos, ni recoger las uvas de tus vides no podadas.
12
Será un año de jubileo para ti y deberás mantenerlo santo. Sin embargo, se te permite comer de todo lo que la tierra produzca por sí sola.
13
En el año de jubileo a cada uno se le permite regresar a la tierra que les pertenecía a sus antepasados.
14
»Cuando hagas un acuerdo con tu vecino para comprar o para vender alguna propiedad, no se aproveche el uno del otro.
15
Cuando compres un terreno de tu vecino, el precio que pagues deberá estar basado en el número de años desde el último jubileo. El vendedor debe fijar el precio considerando el número de años que faltan para el siguiente año de jubileo.