29 »Si alguien vende una casa dentro de una ciudad amurallada, esta persona tiene el derecho de volver a comprarla durante el período de un año completo después de la venta. Durante ese año, el vendedor tiene el derecho de volver a comprarla.
30 Sin embargo, si no vuelve a comprarla en el plazo de un año, la venta de la casa dentro de la ciudad amurallada no podrá revertirse. Será la propiedad permanente del comprador. No se le regresará al primer propietario en el año de jubileo.
31 Pero una casa en una aldea —un asentamiento sin murallas— será considerada como una propiedad en el campo. Está permitido volver a comprar esa casa en cualquier momento, y deberá regresarse a su primer propietario en el año de jubileo.
32 »Los levitas siempre tienen el derecho de volver a comprar una casa que vendan dentro de las ciudades que se les asignaron.
33 Y cualquier propiedad que los levitas vendan —todas las casas dentro de las ciudades de los levitas— tendrá que ser devuelta en el año de jubileo. Después de todo, las casas dentro de las ciudades reservadas para los levitas son las únicas propiedades que ellos poseen en todo Israel.
34 Los pastizales que rodean las ciudades de los levitas nunca podrán venderse. Es su posesión perpetua.
35 Rescate de los pobres y de los esclavos
»Si alguno de tus hermanos israelitas se empobrece y no puede sostenerse a sí mismo, ayúdalo como lo harías con un extranjero o un residente temporal y permítele vivir contigo.
36 No le cobres intereses ni obtengas una ganancia a costa de él. En cambio, muestra tu temor a Dios al permitirle que viva contigo como si fuera un pariente.
37 Recuerda, no le cobres intereses sobre el dinero que le prestes ni obtengas una ganancia con los alimentos que le vendas.
38 Yo soy el Señor
tu Dios, quien te sacó de la tierra de Egipto para darte la tierra de Canaán y para ser tu Dios.
39 »Si uno de tus hermanos israelitas se empobrece y se ve obligado a venderse a ti, no lo trates como a un esclavo.
40 En cambio, trátalo como a obrero contratado o como a un residente temporal que vive contigo, y trabajará para ti únicamente hasta el año de jubileo.
41 Entonces, él y sus hijos ya no tendrán ninguna obligación contigo, y regresarán a su clan y a la tierra que se asignó a sus antepasados.
42 Los israelitas son mis siervos, a quienes yo saqué de la tierra de Egipto, de modo que nunca deben ser vendidos como esclavos.
43 Muestra tu temor a Dios al no tratarlos con dureza.
44 »Sin embargo, podrás comprar esclavos y esclavas de entre las naciones vecinas.
45 También podrás comprar a los hijos de los residentes temporales que vivan entre ustedes, incluidos los que hayan nacido en tu tierra. Podrás considerarlos como tu propiedad,
46 y los dejarás como herencia permanente a tus hijos. Podrás tratarlos como esclavos, pero nunca deberás tratar a tus hermanos israelitas de esa manera.
47 »Supongamos que un extranjero o un residente temporal se enriquece mientras vive entre ustedes. Si uno de tus hermanos israelitas se empobrece y se ve obligado a venderse a dicho extranjero o a un miembro de su familia,
48 aun así mantendrá el derecho de que alguien pague rescate por él, incluso después de haber sido comprado. Un hermano lo puede volver a comprar,
49 también un tío o un primo. De hecho, cualquier pariente cercano podrá rescatarlo. También podrá redimirse a sí mismo si ha prosperado.
50 Tendrá que negociar el precio de su libertad con la persona que lo compró. El precio se basará en el número de años desde el tiempo en que se vendió hasta el siguiente año de jubileo, es decir, lo que costaría contratar a un obrero durante ese período de tiempo.
51 Si aún faltan muchos años para el jubileo, entonces devolverá una parte en proporción a lo que recibió cuando se vendió a sí mismo.
52 Si solo faltan unos cuantos años para el año de jubileo, entonces solo pagará una pequeña cantidad por su redención.
53 El extranjero deberá tratarlo como a un obrero con contrato anual. No permitirás que un extranjero trate a ninguno de tus hermanos israelitas con dureza.
54 Si algún israelita aún no ha sido rescatado cuando llegue el año de jubileo, él y sus hijos deberán ser puestos en libertad en ese tiempo.
55 Pues los hijos de Israel me pertenecen. Son mis siervos, a quienes saqué de la tierra de Egipto. Yo soy el Señor
su Dios.

La Biblia de las Américas (Español) BLA

Levítico 25:29 "Si un hombre vende una casa de vivienda en una ciudad amurallada, su derecho a redimirla es válido hasta que se cumpla un año de su venta; su derecho de redención dura todo un año.

English Standard Version ESV

Leviticus 25:29 "If a man sells a dwelling house in a walled city, he may redeem it within a year of its sale. For a full year he shall have the right of redemption.

La Biblia del Jubileo 2000 JBS

Levítico 25:29 Y el varón que vendiere casa de morada en ciudad cercada, tendrá facultad de redimirla hasta acabarse el año de su venta; un año será el término de poderse redimir

King James Version KJV

Leviticus 25:29 And if a man sell a dwelling house in a walled city, then he may redeem it within a whole year after it is sold; within a full year may he redeem it.

New King James Version NKJV

Leviticus 25:29 If a man sells a house in a walled city, then he may redeem it within a whole year after it is sold; within a full year he may redeem it.

Nueva Versión Internacional NVI

Levítico 25:29 »Si alguno vende una casa en una ciudad amurallada, tendrá derecho a rescatarla durante un año completo a partir de la fecha de venta. Ese es el tiempo que dura su derecho a rescatarla.

La Biblia Reina-Valera (Español) RVR

Levítico 25:29 Y el varón que vendiere casa de morada en ciudad cercada, tendrá facultad de redimirla hasta acabarse el año de su venta: un año será el término de poderse redimir.

Sagradas Escrituras (1569) (Español) SEV

Levítico 25:29 Y el varón que vendiere casa de morada en ciudad cercada, tendrá facultad de redimirla hasta acabarse el año de su venta; un año será el término de poderse redimir.

Herramientas de Estudio para Levítico 25:29-55