10
Cuando dieres a tu prójimo alguna cosa prestada, no entrarás en su casa para tomarle prenda.
11
Fuera estarás, y el hombre a quien prestaste, te sacará afuera la prenda.
12
Y si fuere hombre pobre, no duermas con su prenda.
13
Sin falta le devolverás la prenda cuando el sol se ponga, para que duerma en su ropa, y te bendiga; y te será justicia delante del SEÑOR tu Dios.
14
No hagas violencia al jornalero pobre y menesteroso, así de tus hermanos como de tus extranjeros que están en tu tierra en tus ciudades.
15
En su día le darás su jornal, y el sol no se pondrá sobre él; pues es pobre, y con él sustenta su vida; para que no clame contra ti al SEÑOR, y sea en ti pecado.
16
Los padres no morirán por los hijos, ni los hijos por los padres; cada uno morirá por su pecado.
17
No torcerás el derecho del extranjero ni del huérfano; ni tomarás por prenda la ropa de la viuda;
18
mas acuérdate que fuiste siervo en Egipto, y de allí te rescató el SEÑOR tu Dios; por tanto, yo te mando que hagas esto.
19
Cuando segares tu mies en tu tierra, y olvidares alguna gavilla en el campo, no volverás a tomarla; del extranjero, o del huérfano, o de la viuda será; para que te bendiga el SEÑOR tu Dios en toda obra de tus manos.
20
Cuando sacudieres tus olivas, no recorrerás las ramas tras ti; del extranjero, del huérfano, y de la viuda será.