7 »Supongamos que alguien entrega dinero o bienes a un vecino para que se los guarde en un lugar seguro, y al vecino se los roban de su casa. Si se atrapa al ladrón, la compensación consistirá en el doble del valor de lo robado.
8 Pero si no se encuentra al ladrón, el vecino tendrá que presentarse ante Dios, y él determinará
si el vecino es quien robó los bienes.
9 »Supongamos que hay un pleito entre dos personas, y ambas afirman ser dueñas de cierto buey o burro, cierta oveja o prenda de vestir, o algún objeto perdido. Ambas partes tendrán que presentarse ante Dios, y la persona a quien Dios declare
culpable tendrá que pagarle el doble al otro.
10 »Ahora supongamos que alguien deja un burro, un buey, una oveja o cualquier otro animal al cuidado de otra persona, pero el animal muere, se lastima o se extravía, y nadie vio lo sucedido.
11 Entonces el vecino tendrá que hacer un juramento en presencia del Señor
. Si el Señor
confirma que el vecino no robó el animal, el dueño deberá aceptar el veredicto, y no se exigirá ningún pago;
12 pero si efectivamente el animal fue robado, el culpable deberá compensar al dueño.
13 Si un animal salvaje lo despedazó, los restos del animal muerto se presentarán como prueba, y no se exigirá ninguna compensación.
14 »Si alguien pide prestado un animal a un vecino, y el animal se lastima o muere en ausencia del dueño, el que lo pidió prestado tendrá que compensar al dueño en forma total y absoluta;
15 pero si el dueño estaba presente, no se exigirá ninguna compensación. Si el animal fue alquilado, tampoco se exigirá ninguna compensación, porque los posibles daños están incluidos en el alquiler.
16 Responsabilidad social
»Si un hombre seduce a una mujer virgen que no está comprometida y tiene sexo con ella, tendrá que pagar a la familia de la mujer la cantidad acostumbrada por una virgen y casarse con ella.
17 Aun si el padre se niega a que él se case con ella, el hombre tendrá que pagar una cantidad igual al precio que se acostumbra pagar por una virgen.
18 »No dejes con vida a las hechiceras.
19 »Cualquiera que tenga relaciones sexuales con un animal será ejecutado.
20 »Cualquiera que ofrezca sacrificios a un dios que no sea el Señor
, tendrá que ser destruido.
21 »No maltrates ni oprimas a los extranjeros en ninguna forma. Recuerda que tú también fuiste extranjero en la tierra de Egipto.
22 »No explotes a la viuda ni al huérfano.
23 Si los explotas de alguna manera y ellos claman a mí, ten por seguro que oiré su clamor.
24 Mi enojo se encenderá contra ti y te mataré a filo de espada. Entonces tus esposas serán las viudas y tus hijos los huérfanos.
25 »Si prestas dinero a cualquiera de mi pueblo que pase necesidad, no le cobres interés como acostumbran hacer los prestamistas.
26 Si tomas el abrigo de tu prójimo como garantía por un préstamo, se lo devolverás antes de la puesta del sol.
27 Puede ser que este abrigo sea la única manta que tiene para abrigarse. ¿Cómo podrá dormir sin abrigo? Si no se lo devuelves y tu prójimo clama a mí por ayuda, yo lo oiré, porque soy misericordioso.

La Biblia de las Américas (Español) BLA

Éxodo 22:7 Si alguno da a su vecino dinero o cosas a guardar, y son hurtados de la casa de éste, el ladrón, si es hallado, pagará el doble.

English Standard Version ESV

Exodus 22:7 "If a man gives to his neighbor money or goods to keep safe, and it is stolen from the man's house, then, if the thief is found, he shall pay double.

La Biblia del Jubileo 2000 JBS

Éxodo 22:7 Cuando alguno diere a su prójimo plata o alhajas a guardar, y fuere hurtado de la casa de aquel hombre, si el ladrón se hallare, pagará el doble

King James Version KJV

Exodus 22:7 If a man shall deliver unto his neighbour money or stuff to keep, and it be stolen out of the man's house; if the thief be found, let him pay double.

New King James Version NKJV

Exodus 22:7 "If a man delivers to his neighbor money or articles to keep, and it is stolen out of the man's house, if the thief is found, he shall pay double.

Nueva Versión Internacional NVI

Éxodo 22:7 »Si alguien deja dinero o bienes en la casa de un amigo, y esos bienes le son robados, el ladrón deberá devolver el doble, en caso de que lo atrapen.

La Biblia Reina-Valera (Español) RVR

Éxodo 22:7 Cuando alguno diere á su prójimo plata ó alhajas á guardar, y fuere hurtado de la casa de aquel hombre, si el ladrón se hallare, pagará el doble.

Sagradas Escrituras (1569) (Español) SEV

Éxodo 22:7 Cuando alguno diere a su prójimo plata o alhajas a guardar, y fuere hurtado de la casa de aquel hombre, si el ladrón se hallare, pagará el doble.

Herramientas de Estudio para Éxodo 22:7-27