4 »Al llegar a una de esas ciudades, el que causó la muerte se presentará ante los ancianos en la puerta de la ciudad y les expondrá su caso. Ellos deberán permitirle la entrada a la ciudad y darle un lugar para vivir entre sus habitantes.
5 Si los parientes de la víctima llegan para vengar la muerte, los líderes no les entregarán al acusado. Pues el acusado mató al otro sin intención y sin enemistad previa.
6 Pero tendrá que quedarse en esa ciudad y ser juzgado por la asamblea local, la cual dará el veredicto. Y seguirá viviendo allí hasta que muera el sumo sacerdote que estaba ejerciendo su cargo cuando ocurrió el accidente. Solo entonces será libre para regresar a su hogar en la ciudad de donde huyó».
7 Entonces se designaron las siguientes ciudades de refugio: Cedes de Galilea, en la zona montañosa de Neftalí; Siquem, en la zona montañosa de Efraín; y Quiriat-arba (también llamada Hebrón), en la zona montañosa de Judá.
8 Al oriente del río Jordán, frente a Jericó, se designaron las siguientes ciudades: Beser, en la llanura desértica de la tribu de Rubén; Ramot, en Galaad, en el territorio de la tribu de Gad; y Golán, en Basán, en la tierra de la tribu de Manasés.
9 Esas ciudades quedaron apartadas para todos los israelitas y también para los extranjeros que vivían entre ellos. Cualquier persona que matara a otra por accidente podía refugiarse en una de esas ciudades; de esa manera, evitaba que le quitaran la vida por venganza antes de ser juzgada frente a la asamblea local.

La Biblia de las Américas (Español) BLA

Josué 20:4 "Huirá a una de estas ciudades, se presentará a la entrada de la puerta de la ciudad y expondrá su caso a oídos de los ancianos de la ciudad; éstos lo llevarán con ellos dentro de la ciudad y le darán un lugar para que habite en medio de ellos.

English Standard Version ESV

Joshua 20:4 He shall flee to one of these cities and shall stand at the entrance of the gate of the city and explain his case to the elders of that city. Then they shall take him into the city and give him a place, and he shall remain with them.

La Biblia del Jubileo 2000 JBS

Josué 20:4 Y el que se acogiere a alguna de aquellas ciudades, se presentará a la puerta de la ciudad, y dirá sus causas, oyéndolo los ancianos de aquella ciudad; y ellos le recibirán consigo dentro de la ciudad, y le darán lugar que habite con ellos

King James Version KJV

Joshua 20:4 And when he that doth flee unto one of those cities shall stand at the entering of the gate of the city, and shall declare his cause in the ears of the elders of that city, they shall take him into the city unto them, and give him a place, that he may dwell among them.

New King James Version NKJV

Joshua 20:4 And when he flees to one of those cities, and stands at the entrance of the gate of the city, and declares his case in the hearing of the elders of that city, they shall take him into the city as one of them, and give him a place, that he may dwell among them.

Nueva Versión Internacional NVI

Josué 20:4 »Cuando tal persona huya a una de esas ciudades, se ubicará a la entrada y allí presentará su caso ante los ancianos de la ciudad. Acto seguido, los ancianos lo aceptarán en esa ciudad y le asignarán un lugar para vivir con ellos.

La Biblia Reina-Valera (Español) RVR

Josué 20:4 Y el que se acogiere á alguna de aquellas ciudades, presentaráse á la puerta de la ciudad, y dirá sus causas, oyéndolo los ancianos de aquella ciudad: y ellos le recibirán consigo dentro de la ciudad, y le darán lugar que habite con ellos.

Sagradas Escrituras (1569) (Español) SEV

Josué 20:4 Y el que se acogiere a alguna de aquellas ciudades, se presentará a la puerta de la ciudad, y dirá sus causas, oyéndolo los ancianos de aquella ciudad; y ellos le recibirán consigo dentro de la ciudad, y le darán lugar que habite con ellos.

Herramientas de Estudio para Josué 20:4-9