10
No será mudado ni trocado, bueno por malo, ni malo por bueno; y si se permutare un animal por otro, él y el dado por él en cambio serán del santuario.
11
Y si fuere algún animal inmundo, de que no se ofrece ofrenda al SEÑOR, entonces el animal será puesto delante del sacerdote,
12
y el sacerdote lo apreciará, sea bueno o sea malo; conforme a la estimación del sacerdote, así será.
13
Y si lo hubieren de redimir, añadirán su quinto sobre tu estimación.
14
Y cuando alguno santificare su casa en santificación al SEÑOR, la apreciará el sacerdote, sea buena o sea mala; según la apreciare el sacerdote, así quedará.
15
Mas si el santificante redimiere su casa, añadirá a tu estimación el quinto del dinero sobre ella, y será suya.
16
Y si alguno santificare de la tierra de su posesión al SEÑOR, tu estimación será conforme a su sembradura; un homer de sembradura de cebada se apreciará en cincuenta siclos de plata.
17
Y si santificare su tierra desde el año del jubileo, conforme a tu estimación quedará.
18
Mas si después del jubileo santificare su tierra, entonces el sacerdote hará la cuenta del dinero conforme a los años que quedaren hasta el año del jubileo, y se rebajará de tu estimación.
19
Y si el que santificó la tierra quisiere redimirla, añadirá a tu estimación el quinto del dinero de ella, y se le quedará para él.
20
Mas si él no redimiere la tierra, y la tierra se vendiere a otro, no la redimirá más;
21
sino que cuando saliere en el jubileo, la tierra será santa al SEÑOR, como tierra de anatema; la posesión de ella será del sacerdote.
22
Y si santificare alguno al SEÑOR la tierra que él compró, que no era de la tierra de su herencia,
23
entonces el sacerdote calculará con él la suma de tu estimación hasta el año del jubileo, y aquel día dará tu señalado precio, cosa consagrada al SEÑOR.
24
En el año del jubileo, volverá la tierra a aquel de quien él la compró, cuya era la herencia de la tierra.
25
Y todo lo que apreciares será conforme al siclo del santuario; el siclo tiene veinte óbolos.
26
Pero el primogénito de los animales, que por la primogenitura es del SEÑOR, nadie lo santificará; sea buey u oveja, del SEÑOR es.
27
Mas si fuere de los animales inmundos, lo redimirán conforme a tu estimación, y añadirán sobre ella su quinto; y si no lo redimieren, se venderá conforme a tu estimación.
28
Pero ningún anatema, que alguno santificare al SEÑOR de todo lo que tuviere, de hombres y animales, y de las tierras de su posesión, no se venderá, ni se redimirá. Todo anatema será cosa santísima al SEÑOR.
29
Cualquier anatema de hombres que se consagrare no será redimido; indefectiblemente morirá.
30
Y todos los diezmos de la tierra, así de la simiente de la tierra como del fruto de los árboles, del SEÑOR son; es santidad al SEÑOR.