8
y si reconociéndolo el sacerdote, ve que la postilla ha crecido en la piel, el sacerdote lo dará por inmundo: es lepra.
9
Cuando hubiere llaga de lepra en el hombre, será traído al sacerdote;
10
y el sacerdote mirará, y si pareciere hinchazón blanca en la piel, el cual haya vuelto el pelo blanco, y se descubre asimismo la carne viva en la hinchazón,
11
lepra es envejecida en la piel de su carne; y le dará por inmundo el sacerdote, y no le encerrará, porque es inmundo.
12
Mas si brotare la lepra cundiendo por la piel, y la lepra cubriere toda la piel del llagado desde su cabeza hasta sus pies, a toda vista de ojos del sacerdote;
13
entonces el sacerdote le reconocerá; y si la lepra hubiere cubierto toda su carne, dará por limpio al llagado; se ha vuelto toda ella blanca; y él es limpio.
14
Mas el día que apareciere en él la carne viva, será inmundo.
15
Y el sacerdote mirará la carne viva, y lo dará por inmundo. Es inmunda la carne viva: es lepra.
16
Mas cuando la carne viva se mudare y se volviere blanca, entonces vendrá al sacerdote;
17
y el sacerdote mirará, y si la llaga se hubiere vuelto blanca, el sacerdote dará por limpio al que tenía la llaga, y él será limpio.
18
Y cuando en la carne, en su piel, hubiere postema, y se sanare,
19
y sucediere en el lugar de la postema hinchazón blanca, o mancha blanca embermejecida, será mostrado al sacerdote;
20
y el sacerdote mirará; y si pareciere estar más baja que su piel, y su pelo se hubiere vuelto blanco, lo dará el sacerdote por inmundo; es llaga de lepra que se originó en la postema.
21
Y si el sacerdote la considerare, y no pareciere en ella pelo blanco, ni estuviere más baja que la piel, sino oscura, entonces el sacerdote lo encerrará por siete días;
22
y si se fuere extendiendo por la piel, entonces el sacerdote lo dará por inmundo: es llaga.
23
Pero si la mancha blanca se estuviere en su lugar, que no haya cundido, es la costra de la postema; y el sacerdote lo dará por limpio.
24
Asimismo cuando la carne tuviere en su piel quemadura de fuego, y hubiere en lo sanado del fuego mancha blanquecina, bermejiza o blanca,
25
el sacerdote la mirará; y si el pelo se hubiere vuelto blanco en la mancha, y pareciere estar más hundida que la piel, es lepra que salió en la quemadura; y el sacerdote lo dará por inmundo; llaga de lepra es.
26
Mas si el sacerdote la mirare, y no pareciere en la mancha pelo blanco, ni estuviere más baja que la tez, sino que está oscura, le encerrará el sacerdote por siete días;
27
y al séptimo día el sacerdote la reconocerá; si se hubiere ido extendiendo por la piel, el sacerdote lo dará por inmundo; es llaga de lepra.
28
Pero si la mancha se estuviere en su lugar, y no se hubiere extendido en la piel, sino que está oscura, hinchazón es de la quemadura; lo dará el sacerdote por limpio; que señal de la quemadura es.
29
Y al hombre o mujer que le saliere llaga en la cabeza, o en la barba,
30
el sacerdote mirará la llaga; y si pareciere estar más profunda que la tez, y el pelo en ella fuera rubio y adelgazado, entonces el sacerdote lo dará por inmundo; es tiña, es lepra de la cabeza o de la barba.
31
Mas cuando el sacerdote hubiere mirado la llaga de la tiña, y no pareciere estar más profunda que la tez, ni fuere en ella pelo negro, el sacerdote encerrará al llagado de la tiña por siete días;
32
y al séptimo día el sacerdote mirará la llaga; y si la tiña no pareciere haberse extendido, ni hubiere en ella pelo rubio, ni pareciere la tiña más profunda que la tez,
33
entonces lo trasquilarán, mas no trasquilarán el lugar de la tiña; y encerrará el sacerdote al que tiene la tiña por siete días la segunda vez.
34
Y al séptimo día mirará el sacerdote la tiña; y si la tiña no hubiere cundido en la piel, ni pareciere estar más profunda que la tez, el sacerdote lo dará por limpio; y lavará sus vestidos, y será limpio.
35
Pero si la tiña se hubiere ido extendiendo en la piel después de su purificación,
36
entonces el sacerdote la mirará; y si la tiña hubiere cundido en la piel, no busque el sacerdote el pelo rubio, es inmundo.
37
Mas si le pareciere que la tiña está, y que ha salido en ella el pelo negro, la tiña está sanada; él está limpio, y por limpio lo dará el sacerdote.
38
Asimismo el hombre o mujer, cuando en la piel de su carne tuviere manchas, manchas blancas,
39
el sacerdote mirará: y si en la piel de su carne parecieren manchas blancas algo oscurecidas, es empeine que brotó en la piel, está limpia la persona.
40
Y el varón, cuando se le pelare la cabeza, es calvo, mas limpio.
41
Y si a la parte de su rostro se le pelare la cabeza, es calvo por delante, pero limpio.
42
Mas cuando en la calva o en la antecalva hubiere llaga blanca bermeja, lepra es que brota en su calva o en su antecalva.
43
Entonces el sacerdote lo mirará, y si pareciere la hinchazón de la llaga blanca bermeja en su calva o en su antecalva, como el parecer de la lepra de la tez de la carne,
44
leproso es, es inmundo; el sacerdote lo dará luego por inmundo; en su cabeza tiene su llaga.
45
Y el leproso en quien hubiere tal llaga, sus vestidos serán deshechos y su cabeza descubierta, y embozado pregonará: ¡Inmundo! ¡Inmundo!
46
Todo el tiempo que la llaga estuviere en él, será inmundo; estará impuro: habitará solo; fuera del real será su morada.
47
Y cuando en el vestido hubiere plaga de lepra, en vestido de lana, o en vestido de lino;
48
o en estambre, o en trama de lino, o de lana, o en piel, o en cualquiera obra de piel;