11
Os serán, pues, en abominación: de su carne no comeréis, y abominaréis sus cuerpos muertos.
12
Todo lo que no tuviere aletas y escamas en las aguas, tendréislo en abominación.
13
Y de las aves, éstas tendréis en abominación; no se comerán, serán abominación: el águila, el quebrantahuesos, el esmerejón,
14
El milano, y el buitre según su especie;
15
Todo cuervo según su especie;
16
El avestruz, y la lechuza, y el laro, y el gavilán según su especie;
17
Y el buho, y el somormujo, y el ibis,
18
Y el calamón, y el cisne, y el onocrótalo,
19
Y el herodión, y el caradrión, según su especie, y la abubilla, y el murciélago.
20
Todo reptil alado que anduviere sobre cuatro pies, tendréis en abominación.
21
Empero esto comeréis de todo reptil alado que anda sobre cuatro pies, que tuviere piernas además de sus pies para saltar con ellas sobre la tierra;