10
Mas todas las cosas que no tienen aletas ni escamas en la mar y en los ríos, así de todo reptil de agua como de toda cosa viviente que está en las aguas, las tendréis en abominación.
11
Os serán, pues, en abominación: de su carne no comeréis, y abominaréis sus cuerpos muertos.
12
Todo lo que no tuviere aletas y escamas en las aguas, tendréislo en abominación.
13
Y de las aves, éstas tendréis en abominación; no se comerán, serán abominación: el águila, el quebrantahuesos, el esmerejón,
14
El milano, y el buitre según su especie;
15
Todo cuervo según su especie;
16
El avestruz, y la lechuza, y el laro, y el gavilán según su especie;
17
Y el buho, y el somormujo, y el ibis,
18
Y el calamón, y el cisne, y el onocrótalo,
19
Y el herodión, y el caradrión, según su especie, y la abubilla, y el murciélago.
20
Todo reptil alado que anduviere sobre cuatro pies, tendréis en abominación.