23
entonces el sacerdote le calculará la cantidad de tu valuación hasta el año de jubileo; y en ese día dará tu valuación como cosa consagrada al SEÑOR.
24
"En el año de jubileo el campo volverá a aquél de quien lo compró, a quien pertenece la posesión de la tierra.
25
"Toda valuación que hagas será conforme al siclo del santuario. Veinte geras son un siclo.
26
"Sin embargo, el primogénito de los animales, que por su primogenitura pertenece al SEÑOR, nadie puede consagrarlo; ya sea buey u oveja, es del SEÑOR.
27
"Pero si está entre los animales inmundos, entonces lo redimirá conforme a tu valuación, y añadirá sobre ella una quinta parte; pero si no es redimido, será vendido conforme a tu valuación.
28
"Sin embargo, cualquier cosa dedicada que alguno separe para el SEÑOR de lo que posee, sea hombre o animal, o campos de su propiedad, no se venderá ni redimirá. Toda cosa dedicada es santísima al SEÑOR.
29
"Ninguna persona que haya sido dedicada como anatema será redimida; ciertamente se le dará muerte.
30
"Así pues, todo el diezmo de la tierra, de la semilla de la tierra o del fruto del árbol, es del SEÑOR; es cosa consagrada al SEÑOR.
31
"Y si un hombre quiere redimir parte de su diezmo, le añadirá la quinta parte.
32
"Todo diezmo del ganado o del rebaño, o sea, de todo lo que pasa debajo del cayado, la décima cabeza será cosa consagrada al SEÑOR.
33
"No debe considerar si es bueno o malo, tampoco lo cambiará; si lo cambia, tanto el animal como su sustituto serán sagrados. No podrán ser redimidos."