34 Mas la tierra del ejido de sus ciudades no se venderá, porque es perpetua posesión de ellos.
35 Y cuando tu hermano empobreciere, y se acogiere á ti, tú lo ampararás: como peregrino y extranjero vivirá contigo.
36 No tomarás usura de él, ni aumento; mas tendrás temor de tu Dios, y tu hermano vivirá contigo.
37 No le darás tu dinero á usura, ni tu vitualla á ganancia:
38 Yo Jehová vuestro Dios, que os saqué de la tierra de Egipto, para daros la tierra de Canaán, para ser vuestro Dios.
39 Y cuando tu hermano empobreciere, estando contigo, y se vendiere á ti, no le harás servir como siervo:
40 Como criado, como extranjero estará contigo; hasta el año del jubileo te servirá.
41 Entonces saldrá de contigo, él y sus hijos consigo, y volverá á su familia, y á la posesión de sus padres se restituirá.
42 Porque son mis siervos, los cuales saqué yo de la tierra de Egipto: no serán vendidos á manera de siervos.
43 No te enseñorearás de él con dureza, mas tendrás temor de tu Dios.
44 Así tu siervo como tu sierva que tuvieres, serán de las gentes que están en vuestro alrededor: de ellos compraréis siervos y siervas.
45 También compraréis de los hijos de los forasteros que viven entre vosotros, y de los que del linaje de ellos son nacidos en vuestra tierra, que están con vosotros; los cuales tendréis por posesión:
46 Y los poseeréis por juro de heredad para vuestros hijos después de vosotros, como posesión hereditaria; para siempre os serviréis de ellos; empero en vuestros hermanos los hijos de Israel, no os enseñorearéis cada uno sobre su hermano con dureza.
47 Y si el peregrino ó extranjero que está contigo, adquiriese medios, y tu hermano que está con él empobreciere, y se vendiere al peregrino ó extranjero que está contigo, ó á la raza de la familia del extranjero;
48 Después que se hubiere vendido, podrá ser rescatado: uno de sus hermanos lo rescatará;
49 O su tío, ó el hijo de su tío lo rescatará, ó el cercano de su carne, de su linaje, lo rescatará; ó si sus medios alcanzaren, él mismo se redimirá.
50 Y contará con el que lo compró, desde el año que se vendió á él hasta el año del jubileo: y ha de apreciarse el dinero de su venta conforme al número de los años, y se hará con él conforme al tiempo de un criado asalariado.
51 Si aún fueren muchos años, conforme á ellos volverá para su rescate del dinero por el cual se vendió.
52 Y si quedare poco tiempo hasta el año del jubileo, entonces contará con él, y devolverá su rescate conforme á sus años.
53 Como con tomado á salario anualmente hará con él: no se enseñoreará en él con aspereza delante de tus ojos.
54 Mas si no se redimiere en esos años, en el año del jubileo saldrá, él, y sus hijos con él.

La Biblia de las Américas (Español) BLA

Levítico 25:34 "Pero las tierras de pasto de sus ciudades no se venderán porque son propiedad suya para siempre.

English Standard Version ESV

Leviticus 25:34 But the fields of pastureland belonging to their cities may not be sold, for that is their possession forever.

La Biblia del Jubileo 2000 JBS

Levítico 25:34 Mas la tierra de los ejidos de sus ciudades no se venderá, porque es perpetua posesión de ellos

King James Version KJV

Leviticus 25:34 But the field of the suburbs of their cities may not be sold; for it is their perpetual possession.

New King James Version NKJV

Leviticus 25:34 But the field of the common-land of their cities may not be sold, for it is their perpetual possession.

Nueva Traducción Viviente NTV

Levítico 25:34 Los pastizales que rodean las ciudades de los levitas nunca podrán venderse. Es su posesión perpetua.

Nueva Versión Internacional NVI

Levítico 25:34 Pero los campos alrededor de sus ciudades no se venderán, pues son su propiedad inalienable.

Sagradas Escrituras (1569) (Español) SEV

Levítico 25:34 Mas la tierra del ejido de sus ciudades no se venderá, porque es perpetua posesión de ellos.

Herramientas de Estudio para Levítico 25:34-54