15 Conforme al número de los años después del jubileo comprarás de tu prójimo; conforme al número de los años de los frutos te venderá él a ti.
16 Conforme a la multitud de los años aumentarás el precio, y conforme a la disminución de los años disminuirás el precio; porque según el número de los años de los frutos te ha de vender él.
17 Y no engañe ninguno a su prójimo; mas tendrás temor de tu Dios; porque yo soy el SEÑOR vuestro Dios.
18 Ejecutad, pues, mis estatutos, y guardad mis derechos, y ponedlos por obra, y habitaréis en la tierra seguros;
19 y la tierra dará su fruto, y comeréis hasta saciaros, y habitaréis en ella seguros.
20 Y si dijereis: ¿Qué comeremos el séptimo año? He aquí no hemos de sembrar, ni hemos de coger nuestros frutos,
21 entonces yo os enviaré mi bendición el sexto año, y hará fruto por tres años.
22 Y sembraréis el año octavo, y comeréis del fruto añejo; hasta el año noveno, hasta que venga su fruto comeréis del añejo.
23 Y la tierra no se venderá rematadamente, porque la tierra mía es; que vosotros peregrinos y extranjeros sois para conmigo.
24 Por tanto, en toda la tierra de vuestra posesión, otorgaréis redención a la tierra.
25 Cuando tu hermano empobreciere, y vendiere algo de su posesión, vendrá su redentor, su pariente mas cercano, y rescatará lo que su hermano hubiere vendido.
26 Y cuando el hombre no tuviere redentor, si alcanzare su mano, y hallare lo que basta para su rescate;
27 entonces contará los años de su venta, y pagará lo que quedare al varón a quien vendió, y volverá a su posesión.
28 Mas si no alcanzare su mano lo que basta para que vuelva a él, lo que vendió estará en poder del que lo compró hasta el año del jubileo; y al jubileo saldrá la tierra libre , y él volverá a su posesión.
29 Y el varón que vendiere casa de morada en ciudad cercada, tendrá facultad de redimirla hasta acabarse el año de su venta; un año será el término de poderse redimir.
30 Y si no fuere rescatada dentro de un año entero, la casa que estuviere en la ciudad amurallada quedará para siempre para aquel que la compró, y para sus descendientes; no saldrá en el jubileo.
31 Mas las casas de las aldeas que no tienen muro alrededor, serán estimadas como un campo de tierra; tendrán redención, y saldrán en el jubileo.
32 Pero en cuanto a las ciudades de los levitas, y de las casas de las ciudades, que poseyeren, los levitas tendrán redención siempre.
33 Y el que comprare de los levitas, la venta de la casa, y de la ciudad de su posesión saldrá en el jubileo; por cuanto las casas de las ciudades de los levitas es la posesión de ellos entre los hijos de Israel.
34 Mas la tierra del ejido de sus ciudades no se venderá, porque es perpetua posesión de ellos.
35 Y cuando tu hermano empobreciere, y se acogiere a ti, tú lo recibirás; como peregrino y extranjero vivirá contigo.
36 No tomarás usura de él, ni aumento; mas tendrás temor de tu Dios, y tu hermano vivirá contigo.
37 No le darás tu dinero a usura, ni tus víveres a ganancia.
38 Yo soy el SEÑOR vuestro Dios, que os saqué de la tierra de Egipto, para daros la tierra de Canaán, para ser vuestro Dios.
39 Y cuando tu hermano empobreciere, estando contigo, y se vendiere a ti, no le harás servir como esclavo.
40 Como criado, como extranjero estará contigo; hasta el año del jubileo te servirá.
41 Entonces saldrá libre de tu casa, él y sus hijos consigo, y volverá a su familia, y a la posesión de sus padres se restituirá.
42 Porque me pertenecen, yo los saqué de la tierra de Egipto; y no serán vendidos a manera de esclavos.
43 No te enseñorearás de él con dureza, mas tendrás temor de tu Dios.
44 Así tu esclavo como tu esclava que tuvieres, serán de los gentiles que están en vuestro alrededor; de ellos compraréis esclavos y esclavas.
45 También compraréis de los hijos de los forasteros que viven entre vosotros, y de los que del linaje de ellos son nacidos en vuestra tierra, que están con vosotros; los cuales tendréis por posesión.

La Biblia de las Américas (Español) BLA

Levítico 25:15 "Conforme al número de años después del jubileo, comprarás de tu prójimo, y él te venderá conforme al número de años de cosecha.

English Standard Version ESV

Leviticus 25:15 You shall pay your neighbor according to the number of years after the jubilee, and he shall sell to you according to the number of years for crops.

La Biblia del Jubileo 2000 JBS

Levítico 25:15 Conforme al número de los años después del jubileo comprarás de tu prójimo; conforme al número de los años de los frutos te venderá él a ti

King James Version KJV

Leviticus 25:15 According to the number of years after the jubile thou shalt buy of thy neighbour, and according unto the number of years of the fruits he shall sell unto thee:

New King James Version NKJV

Leviticus 25:15 According to the number of years after the Jubilee you shall buy from your neighbor, and according to the number of years of crops he shall sell to you.

Nueva Traducción Viviente NTV

Levítico 25:15 Cuando compres un terreno de tu vecino, el precio que pagues deberá estar basado en el número de años desde el último jubileo. El vendedor debe fijar el precio considerando el número de años que faltan para el siguiente año de jubileo.

Nueva Versión Internacional NVI

Levítico 25:15 Tú comprarás de tu prójimo a un precio proporcional al número de años que falten para el próximo jubileo, y él te venderá a un precio proporcional al número de años que queden por cosechar.

La Biblia Reina-Valera (Español) RVR

Levítico 25:15 Conforme al número de los años después del jubileo comprarás de tu prójimo; conforme al número de los años de los frutos te venderá él á ti.

Herramientas de Estudio para Levítico 25:15-45