13 En este año de jubileo volveréis cada uno a su posesión.
14 Y cuando vendiereis algo a vuestro prójimo, o comprareis de mano de vuestro prójimo, no engañe ninguno a su hermano.
15 Conforme al número de los años después del jubileo comprarás de tu prójimo; conforme al número de los años de los frutos te venderá él a ti.
16 Conforme a la multitud de los años aumentarás el precio, y conforme a la disminución de los años disminuirás el precio; porque según el número de los años de los frutos te ha de vender él.
17 Y no engañe ninguno a su prójimo; mas tendrás temor de tu Dios; porque yo soy el SEÑOR vuestro Dios.
18 Ejecutad, pues, mis estatutos, y guardad mis derechos, y ponedlos por obra, y habitaréis en la tierra seguros;
19 y la tierra dará su fruto, y comeréis hasta saciaros, y habitaréis en ella seguros.
20 Y si dijereis: ¿Qué comeremos el séptimo año? He aquí no hemos de sembrar, ni hemos de coger nuestros frutos,
21 entonces yo os enviaré mi bendición el sexto año, y hará fruto por tres años.
22 Y sembraréis el año octavo, y comeréis del fruto añejo; hasta el año noveno, hasta que venga su fruto comeréis del añejo.
23 Y la tierra no se venderá rematadamente, porque la tierra mía es; que vosotros peregrinos y extranjeros sois para conmigo.
24 Por tanto, en toda la tierra de vuestra posesión, otorgaréis redención a la tierra.
25 Cuando tu hermano empobreciere, y vendiere algo de su posesión, vendrá su redentor, su pariente mas cercano, y rescatará lo que su hermano hubiere vendido.
26 Y cuando el hombre no tuviere redentor, si alcanzare su mano, y hallare lo que basta para su rescate;
27 entonces contará los años de su venta, y pagará lo que quedare al varón a quien vendió, y volverá a su posesión.
28 Mas si no alcanzare su mano lo que basta para que vuelva a él, lo que vendió estará en poder del que lo compró hasta el año del jubileo; y al jubileo saldrá la tierra libre , y él volverá a su posesión.
29 Y el varón que vendiere casa de morada en ciudad cercada, tendrá facultad de redimirla hasta acabarse el año de su venta; un año será el término de poderse redimir.
30 Y si no fuere rescatada dentro de un año entero, la casa que estuviere en la ciudad amurallada quedará para siempre para aquel que la compró, y para sus descendientes; no saldrá en el jubileo.
31 Mas las casas de las aldeas que no tienen muro alrededor, serán estimadas como un campo de tierra; tendrán redención, y saldrán en el jubileo.
32 Pero en cuanto a las ciudades de los levitas, y de las casas de las ciudades, que poseyeren, los levitas tendrán redención siempre.
33 Y el que comprare de los levitas, la venta de la casa, y de la ciudad de su posesión saldrá en el jubileo; por cuanto las casas de las ciudades de los levitas es la posesión de ellos entre los hijos de Israel.

La Biblia de las Américas (Español) BLA

Levítico 25:13 "En este año de jubileo cada uno de vosotros volverá a su propia posesión.

English Standard Version ESV

Leviticus 25:13 "In this year of jubilee each of you shall return to his property.

La Biblia del Jubileo 2000 JBS

Levítico 25:13 En este año de jubileo volveréis cada uno a su posesión

King James Version KJV

Leviticus 25:13 In the year of this jubile ye shall return every man unto his possession.

New King James Version NKJV

Leviticus 25:13 'In this Year of Jubilee, each of you shall return to his possession.

Nueva Traducción Viviente NTV

Levítico 25:13 En el año de jubileo a cada uno se le permite regresar a la tierra que les pertenecía a sus antepasados.

Nueva Versión Internacional NVI

Levítico 25:13 »En el año de jubileo cada uno volverá a su heredad familiar.

La Biblia Reina-Valera (Español) RVR

Levítico 25:13 En este año de jubileo volveréis cada uno á su posesión.

Herramientas de Estudio para Levítico 25:13-33