10 Y santificaréis el año cincuenta, y pregonaréis libertad en la tierra á todos sus moradores: este os será jubileo; y volveréis cada uno á su posesión, y cada cual volverá á su familia.
11 El año de los cincuenta años os será jubileo: no sembraréis, ni segaréis lo que naciere de suyo en la tierra, ni vendimiaréis sus viñedos:
12 Porque es jubileo: santo será á vosotros; el producto de la tierra comeréis.
13 En este año de jubileo volveréis cada uno á su posesión.
14 Y cuando vendiereis algo á vuestro prójimo, ó comprareis de mano de vuestro prójimo, no engañe ninguno a su hermano:
15 Conforme al número de los años después del jubileo comprarás de tu prójimo; conforme al número de los años de los frutos te venderá él á ti.
16 Conforme á la multitud de los años aumentarás el precio, y conforme á la disminución de los años disminuirás el precio; porque según el número de los rendimientos te ha de vender él.
17 Y no engañe ninguno á su prójimo; mas tendrás temor de tu Dios: porque yo soy Jehová vuestro Dios.
18 Ejecutad, pues, mis estatutos, y guardad mis derechos, y ponedlos por obra, y habitaréis en la tierra seguros;
19 Y la tierra dará su fruto, y comeréis hasta hartura, y habitaréis en ella con seguridad.
20 Y si dijereis: ¿Qué comeremos el séptimo año? he aquí no hemos de sembrar, ni hemos de coger nuestros frutos:
21 Entonces yo os enviaré mi bendición el sexto año, y hará fruto por tres años.
22 Y sembraréis el año octavo, y comeréis del fruto añejo; hasta el año noveno, hasta que venga su fruto comeréis del añejo.
23 Y la tierra no se venderá rematadamente, porque la tierra mía es; que vosotros peregrinos y extranjeros sois para conmigo.
24 Por tanto, en toda la tierra de vuestra posesión, otorgaréis redención á la tierra.
25 Cuando tu hermano empobreciere, y vendiere algo de su posesión, vendrá el rescatador, su cercano, y rescatará lo que su hermano hubiere vendido.
26 Y cuando el hombre no tuviere rescatador, si alcanzare su mano, y hallare lo que basta para su rescate;
27 Entonces contará los años de su venta, y pagará lo que quedare al varón á quien vendió, y volverá á su posesión.
28 Mas si no alcanzare su mano lo que basta para que vuelva á él, lo que vendió estará en poder del que lo compró hasta el año del jubileo; y al jubileo saldrá, y él volverá á su posesión.
29 Y el varón que vendiere casa de morada en ciudad cercada, tendrá facultad de redimirla hasta acabarse el año de su venta: un año será el término de poderse redimir.
30 Y si no fuere redimida dentro de un año entero, la casa que estuviere en la ciudad murada quedará para siempre por de aquel que la compró, y para sus descendientes: no saldrá en el jubileo.
31 Mas las casas de las aldeas que no tienen muro alrededor, serán estimadas como una haza de tierra: tendrán redención, y saldrán en el jubileo.
32 Pero en cuanto á las ciudades de los Levitas, siempre podrán redimir los Levitas las casas de las ciudades que poseyeren.
33 Y el que comprare de los Levitas, saldrá de la casa vendida, ó de la ciudad de su posesión, en el jubileo: por cuanto las casas de las ciudades de los Levitas es la posesión de ellos entre los hijos de Israel.
34 Mas la tierra del ejido de sus ciudades no se venderá, porque es perpetua posesión de ellos.
35 Y cuando tu hermano empobreciere, y se acogiere á ti, tú lo ampararás: como peregrino y extranjero vivirá contigo.
36 No tomarás usura de él, ni aumento; mas tendrás temor de tu Dios, y tu hermano vivirá contigo.
37 No le darás tu dinero á usura, ni tu vitualla á ganancia:
38 Yo Jehová vuestro Dios, que os saqué de la tierra de Egipto, para daros la tierra de Canaán, para ser vuestro Dios.
39 Y cuando tu hermano empobreciere, estando contigo, y se vendiere á ti, no le harás servir como siervo:
40 Como criado, como extranjero estará contigo; hasta el año del jubileo te servirá.

La Biblia de las Américas (Español) BLA

Levítico 25:10 "Así consagraréis el quincuagésimo año y proclamaréis libertad por toda la tierra para sus habitantes. Será de jubileo para vosotros, y cada uno de vosotros volverá a su posesión, y cada uno de vosotros volverá a su familia.

English Standard Version ESV

Leviticus 25:10 And you shall consecrate the fiftieth year, and proclaim liberty throughout the land to all its inhabitants. It shall be a jubilee for you, when each of you shall return to his property and each of you shall return to his clan.

La Biblia del Jubileo 2000 JBS

Levítico 25:10 Y santificaréis el año cincuenta, y pregonaréis libertad en la tierra a todos sus moradores; éste os será jubileo; y volveréis cada uno a su posesión, y cada cual volverá a su familia

King James Version KJV

Leviticus 25:10 And ye shall hallow the fiftieth* year, and proclaim liberty throughout all the land unto all the inhabitants thereof: it shall be a jubile unto you; and ye shall return every man unto his possession, and ye shall return every man unto his family.

New King James Version NKJV

Leviticus 25:10 And you shall consecrate the fiftieth year, and proclaim liberty throughout all the land to all its inhabitants. It shall be a Jubilee for you; and each of you shall return to his possession, and each of you shall return to his family.

Nueva Traducción Viviente NTV

Levítico 25:10 Aparta este año como un año santo, un tiempo para proclamar libertad por toda la tierra para todos los que viven allí. Será un año de jubileo para ti, cuando puedes volver a la tierra que pertenecía a tus antepasados y regresar a tu propio clan.

Nueva Versión Internacional NVI

Levítico 25:10 El año cincuenta será declarado santo, y se proclamará en el país la liberación de todos sus habitantes. Será para ustedes un jubileo, y cada uno volverá a su heredad familiar y a su propio clan.

Sagradas Escrituras (1569) (Español) SEV

Levítico 25:10 Y santificaréis el año cincuenta, y pregonaréis libertad en la tierra a todos sus moradores; éste os será jubileo; y volveréis cada uno a su posesión, y cada cual volverá a su familia.

Herramientas de Estudio para Levítico 25:10-40