25
entonces el sacerdote la examinará. Y si el pelo en la mancha lustrosa se ha vuelto blanco, y la mancha parece estar más profunda que la piel, es lepra; ha brotado en la quemadura. Por tanto, el sacerdote lo declarará inmundo; es infección de lepra.
26
Pero si el sacerdote la examina, y he aquí, no hay pelo blanco en la mancha lustrosa y no está más profunda que la piel, pero está oscura, entonces el sacerdote lo aislará por siete días.
27
Al séptimo día el sacerdote lo examinará. Si se ha extendido en la piel, el sacerdote lo declarará inmundo; es infección de lepra.
28
Pero si la mancha lustrosa permanece en su lugar y no se ha extendido en la piel, sino que está oscura, es la hinchazón de la quemadura; y el sacerdote lo declarará limpio, pues es sólo la cicatriz de la quemadura.
29
Si un hombre o una mujer tiene una infección en la cabeza o en la barba,
30
el sacerdote le examinará la infección, y si parece estar más profunda que la piel y hay en ella pelo fino amarillento, entonces el sacerdote lo declarará inmundo; es tiña, es lepra de la cabeza o de la barba.
31
Pero si el sacerdote examina la infección de la tiña, y he aquí, no parece ser más profunda que la piel y no hay en ella pelo negro, el sacerdote aislará por siete días a la persona con la infección de la tiña.
32
Al séptimo día el sacerdote examinará la infección, y si la tiña no se ha extendido, ni ha crecido en ella pelo amarillento, ni la tiña parece ser más profunda que la piel,
33
entonces se rasurará, pero no rasurará la parte con tiña; y el sacerdote aislará al que tiene la tiña por otros siete días.
34
Al séptimo día el sacerdote examinará la tiña, y si ésta no se ha extendido en la piel y no parece estar más profunda que la piel, el sacerdote lo declarará limpio; entonces lavará sus vestidos y quedará limpio.
35
Pero si la tiña se extiende en la piel después de su purificación,
36
el sacerdote lo examinará, y si la tiña se ha extendido en la piel, el sacerdote no tiene que buscar pelo amarillento; es inmundo.
37
Mas si en su parecer la tiña ha permanecido igual y ha crecido pelo negro en ella, la tiña ha sanado; es limpio, y el sacerdote lo declarará limpio.
38
Cuando un hombre o una mujer tenga manchas lustrosas en la piel de su cuerpo, manchas blancas lustrosas,
39
el sacerdote las examinará, y si las manchas lustrosas en la piel de su cuerpo son de color blanquecino, es eczema que ha brotado en la piel; la persona es limpia.
40
Si un hombre pierde el pelo de la cabeza, es calvo, pero limpio.
41
Y si su cabeza pierde el pelo por delante y por los lados, es calvo en la frente; es limpio.
42
Pero si en la calva de la cabeza o de la frente aparece una infección blanca rojiza, es lepra que brota en la calva de su cabeza o en la calva de su frente.
43
Entonces el sacerdote lo examinará; y si la hinchazón de la infección es blanca rojiza en la calva de la cabeza o en la calva de la frente, como la apariencia de la lepra en la piel del cuerpo,
44
es un leproso, es inmundo. El sacerdote ciertamente lo declarará inmundo; su infección está en su cabeza.
45
En cuanto al leproso que tenga la infección, sus vestidos estarán rasgados, el cabello de su cabeza estará descubierto, se cubrirá el bozo y gritará: ¡Inmundo, inmundo!
46
Permanecerá inmundo todos los días que tenga la infección; es inmundo. Vivirá solo; su morada estará fuera del campamento.
47
Cuando un vestido tenga una marca de lepra, sea un vestido de lana o de lino,
48
sea en la urdimbre o en la trama, de lino o de lana, en cuero o en cualquier artículo hecho de cuero,
49
si la marca en el vestido o en el cuero, en la urdimbre o en la trama, o en cualquier artículo de cuero, es verdosa o rojiza, es marca de lepra y le será mostrada al sacerdote.
50
Entonces el sacerdote examinará la marca, y aislará el artículo con marca por siete días.
51
Al séptimo día examinará la marca; si la marca se ha extendido en el vestido, sea en la urdimbre o en la trama, o en el cuero, cualquiera que sea el uso que se le dé al cuero, la marca es una lepra maligna, es inmunda.
52
Quemará, pues, el vestido, ya sea la urdimbre o la trama, en lana o en lino, o cualquier artículo de cuero en el cual aparezca la marca, porque es una lepra maligna; en el fuego será quemado.
53
Pero si el sacerdote la examina, y la marca no se ha extendido en el vestido, en la urdimbre o en la trama, o en cualquier artículo de cuero,
54
entonces el sacerdote les ordenará lavar aquello donde aparezca la marca, y lo aislará por otros siete días.
55
Después que el artículo con la marca haya sido lavado, el sacerdote lo examinará otra vez, y si la marca no ha cambiado de aspecto, aun cuando la marca no se haya extendido, es inmundo; en el fuego lo quemarás, ya sea que la corrosión lo haya raído por el derecho o el revés.
56
Entonces el sacerdote lo examinará, y si la marca se ha oscurecido después de haber sido lavada, la arrancará del vestido o del cuero, sea de la urdimbre o de la trama;
57
y si aparece otra vez en el vestido, sea en la urdimbre o en la trama, o en cualquier artículo de cuero, es una erupción; el artículo con la marca será quemado en el fuego.
58
El vestido, sea en la urdimbre o en la trama, o cualquier artículo de cuero del cual se haya quitado la marca después de haberlo lavado, será lavado por segunda vez y quedará limpio.
59
Esta es la ley para la marca de lepra en un vestido de lana o de lino, sea en la urdimbre o en la trama, o en cualquier artículo de cuero, para declararlo limpio o inmundo.