21
Y si el sacerdote la considerare, y no pareciere en ella pelo blanco, ni estuviere más baja que la piel, sino oscura, entonces el sacerdote lo encerrará por siete días
22
y si se fuere extendiendo por la piel, entonces el sacerdote lo dará por inmundo: es llaga
23
Pero si la mancha blanca estuviere en su lugar, que no haya cundido, es la costra de la postema; y el sacerdote lo dará por limpio
24
Asimismo cuando la carne tuviere en su piel quemadura de fuego, y hubiere en lo sanado de la quemadura mancha blanquecina, bermejiza o blanca
25
el sacerdote la mirará; y si el pelo se hubiere vuelto blanco en la mancha, y pareciere estar más hundida que la piel, es lepra que salió en la quemadura; y el sacerdote lo dará por inmundo; llaga de lepra es
26
Mas si el sacerdote la mirare, y no pareciere en la mancha pelo blanco, ni estuviere más baja que la tez, sino que está oscura, le encerrará el sacerdote por siete días
27
y al séptimo día el sacerdote la reconocerá; si se hubiere ido extendiendo por la piel, el sacerdote lo dará por inmundo; es llaga de lepra
28
Pero si la mancha estuviere en su lugar, y no se hubiere extendido en la piel, sino que está oscura, hinchazón es de la quemadura; lo dará el sacerdote por limpio; que costra de la quemadura es
29
Y al hombre o mujer que le saliere llaga en la cabeza, o en la barba
30
el sacerdote mirará la llaga; y si pareciere estar más profunda que la tez, y el pelo en ella fuera rubio y adelgazado, entonces el sacerdote lo dará por inmundo; es tiña, es lepra de la cabeza o de la barba
31
Mas cuando el sacerdote hubiere mirado la llaga de la tiña, y no pareciere estar más profunda que la tez, ni fuere en ella pelo negro, el sacerdote encerrará al llagado de la tiña por siete días
32
y al séptimo día el sacerdote mirará la llaga; y si la tiña no pareciere haberse extendido, ni hubiere en ella pelo rubio, ni pareciere la tiña más profunda que la tez
33
entonces lo trasquilarán, mas no trasquilarán el lugar de la tiña; y encerrará el sacerdote al que tiene la tiña por siete días la segunda vez
34
Y al séptimo día mirará el sacerdote la tiña; y si la tiña no hubiere cundido en la piel, ni pareciere estar más profunda que la tez, el sacerdote lo dará por limpio; y lavará sus vestidos, y será limpio
35
Pero si la tiña se hubiere ido extendiendo en la piel después de su purificación
36
entonces el sacerdote la mirará; y si la tiña hubiere cundido en la piel, no busque el sacerdote el pelo rubio, es inmundo
37
Mas si le pareciere que la tiña está detenida, y que ha salido en ella el pelo negro, la tiña está sanada; él está limpio, y por limpio lo dará el sacerdote
38
Asimismo el hombre o mujer, cuando en la piel de su carne tuviere manchas, manchas blancas
39
el sacerdote mirará: y si en la piel de su carne parecieren manchas blancas algo oscurecidas, es empeine que brotó en la piel, está limpia la persona
40
Y el varón, cuando se le pelare la cabeza, es calvo, mas limpio
41
Y si a la parte de su rostro se le pelare la cabeza, es calvo por delante, pero limpio
42
Mas cuando en la calva o en la antecalva hubiere llaga blanca bermeja, lepra es que brota en su calva o en su antecalva
43
Entonces el sacerdote lo mirará, y si pareciere la hinchazón de la llaga blanca bermeja en su calva o en su antecalva, como el parecer de la lepra de la tez de la carne
44
hombre leproso es, es inmundo; el sacerdote lo dará por completamente inmundo; en su cabeza tiene su llaga
45
Y el leproso en quien hubiere tal llaga, sus vestidos serán deshechos y su cabeza descubierta, y embozado pregonará: ¡Inmundo! ¡Inmundo
46
Todo el tiempo que la llaga estuviere en él, será inmundo; estará impuro: habitará solo; fuera del campamento será su morada
47
Y cuando en el vestido hubiere plaga de lepra, en vestido de lana, o en vestido de lino
48
o en estambre, o en trama de lino, o de lana, o en piel, o en cualquier obra de piel
49
y que la plaga sea verde, o bermeja, en vestido o en piel, o en estambre, o en trama, o en cualquier obra de piel; plaga es de lepra, y se ha de mostrar al sacerdote
50
Y el sacerdote mirará la plaga, y encerrará la cosa plagada por siete días
51
Y al séptimo día mirará la plaga; y si hubiere cundido la plaga en el vestido, o estambre, o en la trama, o en piel, o en cualquier obra que se hace de pieles, lepra roedora es la plaga; inmunda será
52
Será quemado el vestido, o estambre o trama, de lana o de lino, o cualquier obra de pieles en que hubiere tal plaga; porque lepra roedora es; al fuego será quemada
53
Y si el sacerdote mirare, y no pareciere que la plaga se haya extendido en el vestido, o estambre, o en la trama, o en cualquier obra de pieles
54
entonces el sacerdote mandará que laven donde está la plaga, y lo encerrará otra vez por siete días
55
Y el sacerdote mirará después que la plaga fuere lavada; y si pareciere que la plaga no ha mudado su aspecto, bien que no haya cundido la plaga, inmunda es; la quemarás al fuego; corrosión es penetrante, esté lo raído en la faz o en el revés de aquella cosa
56
Mas si el sacerdote la viere, y pareciere que la plaga se ha oscurecido después que fue lavada, la cortará del vestido, o de la piel, o del estambre, o de la trama
57
Y si apareciere más en el vestido, o estambre, o trama, o en cualquier cosa de pieles, reverdeciendo en ella, quemarás al fuego aquello donde estuviere la plaga
58
Pero el vestido, o estambre, o trama, o cualquier cosa de piel que lavares, y que se le quitare la plaga, se lavará la segunda vez, y entonces será limpia
59
Esta es la ley de la plaga de la lepra del vestido de lana o de lino, o del estambre, o de la trama, o de cualquier cosa de piel, para que sea dada por limpia o por inmunda