1
Y habló el SEÑOR a Moisés y a Aarón, diciendo:
2
Cuando el hombre tuviere en la piel de su carne hinchazón, o postilla, o mancha blanca, y hubiere en la piel de su carne como llaga de lepra, será traído a Aarón el sacerdote, o a uno de los sacerdotes sus hijos;
3
y el sacerdote mirará la llaga en la piel de la carne; si el pelo en la llaga se ha vuelto blanco, y pareciere la llaga más hundida que la tez de la carne, llaga de lepra es; y el sacerdote le reconocerá, y le dará por inmundo.
4
Y si en la piel de su carne hubiere mancha blanca, pero no pareciere más hundida que la tez, ni su pelo se hubiere vuelto blanco, entonces el sacerdote encerrará al llagado por siete días;
5
y al séptimo día el sacerdote lo mirará; y si la llaga a su parecer se hubiere estancado, no habiéndose extendido en la piel, entonces el sacerdote le encerrará por siete días la segunda vez.
6
Después el sacerdote le reconocerá al séptimo día la segunda vez; y si parece haberse oscurecido la llaga, y que no se ha extendido en la piel, entonces el sacerdote lo dará por limpio: era postilla; y lavará sus vestidos, y será limpio.
7
Mas si hubiere ido creciendo la postilla en la piel, después que fue mostrado al sacerdote para ser limpio, será visto otra vez del sacerdote;
8
y si reconociéndolo el sacerdote, ve que la postilla ha crecido en la piel, el sacerdote lo dará por inmundo: es lepra.
9
Cuando hubiere llaga de lepra en el hombre, será traído al sacerdote;
10
y el sacerdote mirará, y si pareciere hinchazón blanca en la piel, el cual haya vuelto el pelo blanco, y se descubre asimismo la carne viva en la hinchazón,
11
lepra es envejecida en la piel de su carne; y le dará por inmundo el sacerdote, y no le encerrará, porque es inmundo.
12
Mas si brotare la lepra cundiendo por la piel, y la lepra cubriere toda la piel del llagado desde su cabeza hasta sus pies, a toda vista de ojos del sacerdote;
13
entonces el sacerdote le reconocerá; y si la lepra hubiere cubierto toda su carne, dará por limpio al llagado; se ha vuelto toda ella blanca; y él es limpio.
14
Mas el día que apareciere en él la carne viva, será inmundo.
15
Y el sacerdote mirará la carne viva, y lo dará por inmundo. Es inmunda la carne viva: es lepra.
16
Mas cuando la carne viva se mudare y se volviere blanca, entonces vendrá al sacerdote;
17
y el sacerdote mirará, y si la llaga se hubiere vuelto blanca, el sacerdote dará por limpio al que tenía la llaga, y él será limpio.
18
Y cuando en la carne, en su piel, hubiere postema, y se sanare,
19
y sucediere en el lugar de la postema hinchazón blanca, o mancha blanca embermejecida, será mostrado al sacerdote;
20
y el sacerdote mirará; y si pareciere estar más baja que su piel, y su pelo se hubiere vuelto blanco, lo dará el sacerdote por inmundo; es llaga de lepra que se originó en la postema.
21
Y si el sacerdote la considerare, y no pareciere en ella pelo blanco, ni estuviere más baja que la piel, sino oscura, entonces el sacerdote lo encerrará por siete días;
22
y si se fuere extendiendo por la piel, entonces el sacerdote lo dará por inmundo: es llaga.
23
Pero si la mancha blanca se estuviere en su lugar, que no haya cundido, es la costra de la postema; y el sacerdote lo dará por limpio.
24
Asimismo cuando la carne tuviere en su piel quemadura de fuego, y hubiere en lo sanado del fuego mancha blanquecina, bermejiza o blanca,
25
el sacerdote la mirará; y si el pelo se hubiere vuelto blanco en la mancha, y pareciere estar más hundida que la piel, es lepra que salió en la quemadura; y el sacerdote lo dará por inmundo; llaga de lepra es.
26
Mas si el sacerdote la mirare, y no pareciere en la mancha pelo blanco, ni estuviere más baja que la tez, sino que está oscura, le encerrará el sacerdote por siete días;
27
y al séptimo día el sacerdote la reconocerá; si se hubiere ido extendiendo por la piel, el sacerdote lo dará por inmundo; es llaga de lepra.
28
Pero si la mancha se estuviere en su lugar, y no se hubiere extendido en la piel, sino que está oscura, hinchazón es de la quemadura; lo dará el sacerdote por limpio; que señal de la quemadura es.
29
Y al hombre o mujer que le saliere llaga en la cabeza, o en la barba,
30
el sacerdote mirará la llaga; y si pareciere estar más profunda que la tez, y el pelo en ella fuera rubio y adelgazado, entonces el sacerdote lo dará por inmundo; es tiña, es lepra de la cabeza o de la barba.
31
Mas cuando el sacerdote hubiere mirado la llaga de la tiña, y no pareciere estar más profunda que la tez, ni fuere en ella pelo negro, el sacerdote encerrará al llagado de la tiña por siete días;
32
y al séptimo día el sacerdote mirará la llaga; y si la tiña no pareciere haberse extendido, ni hubiere en ella pelo rubio, ni pareciere la tiña más profunda que la tez,