20
Todo insecto alado que anduviere sobre cuatro patas, tendréis en abominación
21
Pero esto comeréis de todo insecto alado que anda sobre cuatro patas, que tuviere zancas además de sus patas para saltar con ellas sobre la tierra
22
estos comeréis de ellos: la langosta según su especie, y el langostín según su especie, y el argol según su especie, y el hagab según su especie
23
Todo otro insecto alado que tenga cuatro patas, tendréis en abominación
24
Y por estas cosas seréis inmundos: cualquiera que tocare sus cuerpos muertos, será inmundo hasta la tarde
25
y cualquiera que llevare algo de sus cuerpos muertos, lavará sus vestidos, y será inmundo hasta la tarde
26
Todo animal de pezuña, pero que no tiene pezuña hendida, ni rumia, tendréis por inmundo; cualquiera que tocare sus cuerpos muertos será inmundo
27
Y de todos los animales que andan en cuatro patas, lo tendréis por inmundo cualquiera que ande sobre sus garras; cualquiera que tocare sus cuerpos muertos, será inmundo hasta la tarde
28
Y el que llevare sus cuerpos muertos, lavará sus vestidos, y será inmundo hasta la tarde; habéis de tenerlos por inmundos
29
Y éstos tendréis por inmundos de los animales que se van arrastrando sobre la tierra: la comadreja, y el ratón, y la rana según su especie
30
y el erizo, y el lagarto, y el caracol, y la babosa, y el topo