1
Cuando alguno tomare mujer y se casare con ella, si después no le agradare por haber hallado en ella alguna cosa torpe, le escribirá carta de repudio, y se la entregará en su mano, y la despedirá de su casa.
2
Y salida de su casa, podrá ir y casarse con otro varón.
3
Y si la aborreciere el postrer varón, y le escribiere carta de repudio, y se la entregare en su mano, y la despidiere de su casa; o si muriere el postrer varón que la tomó para sí por mujer,
4
no podrá su primer marido, que la despidió, volverla a tomar para que sea su mujer, después que fue inmunda; porque es abominación delante del SEÑOR, y no contaminarás la tierra que el SEÑOR tu Dios te da por heredad.
5
Cuando tomare alguno mujer nueva, no saldrá a la guerra, ni en ninguna cosa se le ocupará; libre estará en su casa por un año, para alegrar a su mujer que tomó.
6
No tomarás en prenda la muela de molino , ni la de abajo ni la de arriba, porque sería prendar la vida.