18
Además, si algunos riñeren, y alguno hiriere á su prójimo con piedra ó con el puño, y no muriere, pero cayere en cama;
19
Si se levantare y anduviere fuera sobre su báculo, entonces será el que le hirió absuelto: solamente le satisfará lo que estuvo parado, y hará que le curen.
20
Y si alguno hiriere á su siervo ó á su sierva con palo, y muriere bajo de su mano, será castigado:
21
Mas si durare por un día ó dos, no será castigado, porque su dinero es.
22
Si algunos riñeren, é hiriesen á mujer preñada, y ésta abortare, pero sin haber muerte, será penado conforme á lo que le impusiere el marido de la mujer y juzgaren los árbitros.
23
Mas si hubiere muerte, entonces pagarás vida por vida,
24
Ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie,
25
Quemadura por quemadura, herida por herida, golpe por golpe.
26
Y cuando alguno hiriere el ojo de su siervo, ó el ojo de su sierva, y lo entortare, darále libertad por razón de su ojo.
27
Y si sacare el diente de su siervo, ó el diente de su sierva, por su diente le dejará ir libre.
28
Si un buey acorneare hombre ó mujer, y de resultas muriere, el buey será apedreado, y no se comerá su carne; mas el dueño del buey será absuelto.