10 Habla a los hijos de Israel, y diles: Cuando hubiereis pasado el Jordán a la tierra de Canaán
11 os señalaréis ciudades, ciudades de refugio tendréis, donde huya el homicida que hiriere a alguno por yerro
12 Y os serán aquellas ciudades para refugiarse del pariente vengador, {Heb. redentor} y no morirá el homicida hasta que esté a juicio delante de la congregación
13 De las ciudades, pues, que daréis, tendréis seis ciudades de refugio
14 Tres ciudades daréis de este lado del Jordán, y tres ciudades daréis en la tierra de Canaán; las cuales serán ciudades de refugio
15 Estas seis ciudades serán de refugio para los hijos de Israel, y al peregrino, y al que morare entre ellos, para que huya allá cualquiera que hiriere de muerte a otra persona por yerro
16 Y si con instrumento de hierro lo hiriere y muriere, homicida es; el homicida morirá
17 Y si con piedra de mano, de que pueda morir, le hiriere, y muriere, homicida es; el homicida morirá
18 Y si con instrumento de palo de mano, de que pueda morir, le hiriere, y muriere, homicida es; el homicida morirá
19 El pariente vengador {Heb. redentor} de la sangre del muerto, él matará al homicida; cuando lo encontrare, él le matará
20 Y si con odio lo empujó, o echó sobre él alguna cosa por asechanzas, y muere
21 o por enemistad lo hirió con su mano, y murió; el heridor morirá; es homicida; el pariente vengador {Heb. redentor} matará al homicida, cuando lo encontrare
22 Mas si casualmente le empujó sin enemistades, o echó sobre él cualquier instrumento sin asechanzas
23 o bien, sin verle, hizo caer sobre él alguna piedra, de que pudo morir, y muriere, y él no era su enemigo, ni procuraba su mal
24 entonces la congregación juzgará entre el heridor y el pariente vengador {Heb. redentor} de la sangre conforme a estas leyes
25 Y la congregación librará al homicida de mano del pariente vengador {Heb. redentor} de la sangre, y la congregación le hará volver a la ciudad de refugio, a la cual se había acogido; y morará en ella hasta que muera el sumo sacerdote, el cual fue ungido con el aceite santo
26 Y si el homicida saliere fuera del término de su ciudad de refugio, a la cual se acogió
27 y el pariente vengador {Heb. redentor} de la sangre le hallare fuera del término de la ciudad de su acogida, y el pariente vengador {Heb. redentor} de la sangre matare al homicida, no se le culpará a él por su sangre
28 Pues en su ciudad de refugio habitará hasta que muera el sumo sacerdote; y después que muriere el sumo sacerdote, el homicida volverá a la tierra de su posesión
29 Y estas cosas os serán por ordenanza de derecho por vuestras edades, en todas vuestras habitaciones
30 Cualquiera que hiriere a alguno, por dicho de testigos, morirá el homicida; mas un solo testigo no hablará contra alguna persona para que muera

La Biblia de las Américas (Español) BLA

Números 35:10 Habla a los hijos de Israel, y diles: "Cuando crucéis el Jordán a la tierra de Canaán,

English Standard Version ESV

Numbers 35:10 "Speak to the people of Israel and say to them, When you cross the Jordan into the land of Canaan,

King James Version KJV

Numbers 35:10 Speak unto the children of Israel, and say unto them, When ye be come over Jordan into the land of Canaan;

New King James Version NKJV

Numbers 35:10 "Speak to the children of Israel, and say to them: 'When you cross the Jordan into the land of Canaan,

Nueva Traducción Viviente NTV

Números 35:10 «Dale las siguientes instrucciones al pueblo de Israel: cuando crucen el Jordán para entrar a la tierra de Canaán,

Nueva Versión Internacional NVI

Números 35:10 que les dijera a los israelitas: «Cuando crucen el Jordán y entren a Canaán,

La Biblia Reina-Valera (Español) RVR

Números 35:10 Habla á los hijos de Israel, y diles: Cuando hubiereis pasado el Jordán á la tierra de Canaán,

Sagradas Escrituras (1569) (Español) SEV

Números 35:10 Habla a los hijos de Israel, y diles: Cuando hubiereis pasado el Jordán a la tierra de Canaán,

Herramientas de Estudio para Números 35:10-30